INTERCUBA: PREGUNTAS Y RESPUESTAS

 
1. ¿Qué es InterCuba?

     R/ InterCuba es una corporación establecida bajo los estatutos del Estado de la  Florida, compuesta por un sitio interactivo en Internet: www.intercuba.com y una edición impresa: "InterCuba Express" a la cual se puede acceder a través del mismo. Ambas brindan la oportunidad a nuestros  anunciantes y lectores, de interactuar y conocerse en un ambiente de cubanía y franca comunicación.

2. ¿Cómo anunciarse en InterCuba?

     R/ Usted puede anunciar su negocio de una manera sencilla en nuestro Sitio de Internet, visite nuestra sección correspondiente a "Instrucciones sobre Anuncios" presionando aquí.

3. ¿Qué ventajas ofrece InterCuba a nuestros anunciantes en el plano comercial?

     R/  a) Nuestro sitio www.intercuba.com estará permanentemente expuesto en el portal de Net for Cuba International www.netforcuba.org,  y por ende expuesto a decenas de miles de visitantes al mes con más de 118,000 correos electrónicos en alcance;

           b) Constituye una herramienta de primera mano para nuestros visitantes en la satisfacción de sus necesidades básicas tanto en su propia vivienda como en su trabajo o negocio. Todo ello es posible a través de nuestros anunciantes, agrupados convenientemente de acuerdo al área en la cual se desarrollan;

           c) Nuestro sitio se mantendrá actualizándose constantemente con noticias e información general sobre la situación dentro y fuera de Cuba así como la comunidad en general;

           d) Un sistema único de publicidad a través de los periódicos comunitarios integrados a nuestro programa de "Publicidad Impresa";

           e) Anunciarse a través de "InterCuba Express", nuestro boletín impreso que se distribuye a través de varios Condados del Sur de la Florida, como Dade County, Broward, Monroe, etc.;

           f) Entre nuestros planes inmediatos, está la de comprar espacios publicitarios en la prensa local para nuestro sitio de Internet así como a través de los motores de búsquedas en el espectro cibernético;

           G) Si tiene alguna pregunta o comentario adicional, siéntase libre en contactarnos a través de nuestra página de contacto.

4. ¿Puede usted deducir sus gastos publicitarios de sus taxes?

     R/  Sí, son deducibles de sus taxes. Para mayor información, presione aquí (información en inglés)